Tramo 5 del Tren Maya, principal obstáculo de esta megaobra

Tramo 5 del Tren Maya

La asociación Sélvame del Tren informó que el Juez de Distrito del Juzgado Primero de Yucatán otorga la suspensión definitiva de la obra del Tramo 5 del Tren Maya con trazo de Cancún a Tulum.

Este martes 7 de febrero de 2023, partir del amparo 2878/2022 que se interpuso por miembros de organizaciones de la sociedad civil, nuevamente se otorga suspensión definitiva al proyecto del Tramo 5 del Tren Maya.

Reafirmando lo que se lleva comunicando desde hace un año donde el proyecto no ha llevado el debido proceso, estudios, permisos y autorizaciones para avanzar y cumplir la ley.

«Para el efecto que se suspenda o paralice cualquier acto que tenga como finalidad la continuación de tala o desmonte en los terrenos que comprende el Tramo 5 del Tren Maya, con trazo de Cancún a Tulum, Quintana Roo, de modo que no se permita la remoción o destrucción de la flora del terreno en cita, en las áreas que se encuentren fuera de la superficie en la que se autorizó el cambio de uso de suelo en terrenos forestales a través del oficio SPARN/DGGFSOE/418/1306/2022 de quince de diciembre de dos mil veintidós, suscrito por el Director de Aprovechamiento Forestal, como encargado del despacho de la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico».

El movimiento Sélvame del Tren celebra esta dicha acción ya que suspende el Tramo 5 del Tren Maya, una obra ilegal que afecta el patrimonio ecológico de todos los mexicanos.

La principal preocupación del movimiento son las acciones ilegales que se han llevado a cabo para construir un tren que no cumple con los permisos ni los estudios necesarios para evitar un desastre ecológico irreversible.

Evidencian mentiras sobre el Tramo 5 del Tren Maya

Sélvame del Tren también comunicó que el Secretariado de la CCCA del T-MEC pidió respuesta al Gobierno de México sobre el incumplimiento de la legislación ambiental al megaproyecto Tramo 5 del Tren Maya; derivado de la petición que hicieron varias organizaciones y ciudadanos ambientalistas, sobre la denuncia de ejecución de trabajos de desmonte, nivelación y relleno, sin haber evaluado y emitido de manera previa las evaluaciones y autorizaciones ambientales correspondientes, que pudieran avalar la viabilidad del megaproyecto.

El pasado 30 de enero, el Gobierno de México respondió sobre el Tramo 5 del Tren Maya

Manifestó que los trabajos estaban amparados por «autorizaciones provisionales» emitidas por las autoridades competentes.

Sin embargo, dichas «autorizaciones» son ilegales e inconstitucionales por ser contrarias al marco legal ambiental.

Por otra parte, contraviene al principio de Reserva de Ley, debido a que éstas corresponden a un trazo distinto, cuando el Tramo 5 del Tren Maya planeaban pasarlo por la zona urbana de Playa del Carmen sobre el derecho de vía de la carretera federal 307 y NO sobre la selva.

Donde finalmente sin ninguna autorización iniciaron el proyecto. Se talaron y desmontaron millones de árboles sobre el derecho de vía de la carretera federal innecesariamente.

En virtud de ello, ya no podrían ni siquiera ser invocadas dichas autorizaciones.

También manifestó que posteriormente sacaron la Autorización de Impacto Ambiental con número de oficio SGPA/GIRA/DG-03703-22, de fecha 20 de junio de 2022 para el Tramo 5 del Tren Maya

Violando el carácter y naturaleza preventiva de la misma, ya que tanto la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente como su reglamento, que establecen de manera expresa, que su tramitación y obtención debe ser PREVIA al inicio de cualquier obra o actividad, y que además dicha normatividad no prevé ni reconoce la existencia de las «autorizaciones provisionales».

Respondieron que se declaró como obra de Seguridad Nacional, por lo que el Presidente pretendió legislar con su acuerdo para evadir el estricto cumplimiento de las normas ambientales emitidas por el Congreso de la Unión y continuar la obra del Tramo 5 del Tren Maya.

Invocó nuevamente la existencia de una «autorización provisional» para justificar el desmonte en él, cuando este tipo de autorizaciones NO las prevé la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y contraviene al artículo 97 que expresa «No se podrá otorgar autorización de cambio de uso del suelo en terrenos forestales en 20 años cuando la pérdida de cubierta forestal fue ocasionada por tala o desmonte».

Constituyen delitos federales, de conformidad con el artículo 418, fracciones l y Il del Código Penal Federal. La fragmentación del proyecto y no evaluar los impactos acumulativos, sinérgicos y residuales, el gobierno lo justifica a los diversos Estados y Municipios por los que cruza, esta justificación refleja la falta de comprensión de una completa Evaluación y de la ausencia de un Proyecto Integral.

Los peticionarios confiamos en que el Secretariado de la CCA del T-MEC valore de manera exhaustiva todos los elementos aportados en la petición y resuelva favorablemente determinando la integración y publicación de un Expediente de Hechos.

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